Un accidente o una enfermedad puede impedirnos trabajar durante un periodo más o menos prolongado de tiempo.
A las consecuencias físicas del percance hay que añadirle la pérdida de ingresos, que, en casos como los de los profesionales autónomos, se agrava porque sus gastos continúan.
El seguro de incapacidad laboral temporal (ILT) ayuda a los trabajadores a paliar el perjuicio económico durante una etapa de convalecencia.
La incapacidad temporal, también conocida como baja médica, es una situación en la que un trabajador no puede desarrollar su actividad profesional de manera transitoria debido a una enfermedad común o profesional o un accidente de trabajo o no laboral.
Además de tener derecho a una asistencia sanitaria pública, el trabajador recibirá un subsidio económico por parte de la Seguridad Social en función del origen de la incapacidad (si es por motivos laborales o no), que equivaldrá entre el 60 al 75% de la base reguladora de su salario.
Hay, eso sí, un límite a la incapacidad temporal, que se sitúa en 545 días, más concretamente de 365 días, aunque el Instituto Nacional de la Seguridad Social puede ampliarla en 180 días más si aprecia que durante ese tiempo extra el trabajador podrá recuperarse de sus dolencias y reincorporarse a su puesto de trabajo.
El seguro de incapacidad temporal o de baja laboral tiene por objetivo indemnizar a cualquier trabajador, autónomo o por cuenta ajena, por la pérdida de ingresos que pueda sufrir a consecuencia de no poder trabajar de manera temporal por una enfermedad o un accidente, ya sea laboral o no.
Existen dos tipos de seguro de ILT: con baremo y sin baremo.
Mucha gente duda ante la contratación de un seguros de hogar, porque piensan que lo van a usar poco y ¿para que van a tenerlo?. En estos tiempos no nos damos cuenta de que vivimos para tener una vivienda, crear un hogar y no somos conscientes de que está expuesto a cualquier daño y que realmente sin un seguro, en caso de daño extremo, seríamos incapaces de volver a tener aquello que teníamos.
En el seguro de hogar se cubren desde pequeñas roturas hasta siniestros mucho más graves como puede ser : un incendio ,un daño por agua o un robo por una cuota bastante económica nos quitamos problemas de la cabeza.
Las cosas suceden pero no es lo mismo con la capacidad de regenar el daño.
En la modalidad de copago la compañía aseguradora te ofrece un producto más competitivo económicamente a cambio de que el asegurado asuma pequeños pagos por dichos servicios.
Si habitualmente no sueles usar mucho dichos servicios puede ser una manera de ahorrar y estar cubierto.
Lo primero que ha de hacerse es comprobar las garantías cubiertas con la póliza. Cuando se habla de invalidez absoluta o permanente en la mayoría de casos solamente cubre cuando no permita ejercer ningún trabajo y este concepto viene muy bien definido. Deberías tener contratada la incapacidad profesional.
Cada persona es un mundo, no todos tenemos las mismas necesidades, ni el mismo estilo de vida, preocupaciones…
Todos los seguros están pensados para darnos tranquilidad en un riesgo determinado.
Debes consultar a un asesor que te indicará según tus circunstancias que productos te convienen más.
En caso de préstamo el aval puede ser un seguro de vida que en caso de muerte o invalidez cubra lo pendiente de amortización en ese momento.
Para las hipotecas, como el aval ya es el propio bien, pueden exigir un seguro que cubra en caso de incendio, en caso de que el siniestro suceda la entidad podrá cobrar la cantidad pendiente.
Para cualquier duda o ampliación de esta información puede contactarnos.
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